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¿Quién se ocupará de dar cumplimiento al Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006?
Authors:Francisco PINIELLA  José María SILOS  Francisca BERNAL
Institution:1. Departamento de Ciencias y Técnicas de la Navegación, Universidad de Cádiz;2. direcciones electrónicas: francisco.piniella@uca.es y josemaria.silos@uca.es.;3. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de Cádiz, dirección electrónica: francisca. bernal@uca.es.
Abstract:El Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, que entrará en vigor en agosto de 2013, unifica normas adoptadas por la OIT desde 1920. Constituye el «cuarto pilar» del régimen de reglamentación marítima internacional, junto con tres convenios de la OMI sobre seguridad y control de la contaminación en el mar. Según los autores, el reto consistirá en hacerlo cumplir dentro de los marcos actuales de inspección por el Estado rector del puerto y por el Estado del pabellón. Técnicamente, la responsabilidad recae en el segundo, pero dada la proliferación de pabellones de conveniencia, el papel del primero resultará crucial, al igual que la formación de los inspectores.
Keywords:marina mercante  marino  pabellones de conveniencia  OMI  derecho internacional  convenio de la OIT  comentario  aplicació  n  historia
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